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Lic. Germán G. De Stéfano ha creado una entrada de blog Mobbing Laboral: Psi...

Mobbing: Psicodiagnóstico y Daño Psíquico

 

Uno de los fenómenos laborales que está recibiendo una gran atención durante los últimos años lo constituye el denominado “mobbing” o acoso en el trabajo, debido a las graves consecuencias que el mismo origina en la salud de los trabajadores.  En 1995 fue definido por la Comisión Europea como “incidentes de abuso hacia una persona, con amenazas o asalto en circunstancias relacionadas con su trabajo que implican un desafío implícito o explícito a su seguridad, bienestar o salud”.

 

El término inglés “mobbing” es empleado por vez primera en el ámbito laboral por Heinz Leymann en la década de los 80 para hacer referencia al “fenómeno en que una persona o grupo de personas ejerce una violencia psicológica extrema, de forma sistemática y recurrente –al menos una vez por semana- y durante un tiempo prolongado –más de seis meses- sobre otra persona en el lugar de trabajo con la finalidad de destruir las redes de comunicación de la víctima o víctimas, destruir su reputación, perturbar el ejercicio de sus labores y lograr finalmente que esa persona o personas acaben abandonando el lugar de trabajo” . La expresión de dicha violencia psicológica extrema tiene lugar a través de diversos comportamientos hostiles que pueden ser de distinta naturaleza:

 a) Acciones contra la reputación o la dignidad personal del afectado (comentarios injuriosos sobre la persona acosada; ridiculizaciones sobre el aspecto físico, de sus convicciones personales, de su estilo de vida);

b) Acciones contra el ejercicio de su trabajo (encomendar al individuo a realizar trabajos en exceso o difíciles, monótonos o repetitivos o para los cuales no está cualificado o, por el contrario, privándoles de la realización de cualquier tipo de desempeño profesional;

c) Manipulación de la comunicación o de la información con la persona afectada (no proporcionar información sobre los distintos aspectos de su trabajo, amenazas, críticas en público, no dirigirle la palabra, ignorar su presencia, etc.)

 d) Situaciones de inequidad (establecimiento de diferencias de trato, distribución no equitativa del trabajo, o desigualdades remunerativas).

A su vez, dichas situaciones de acoso pueden afectar a cualquier nivel jerárquico de la organización (acoso horizontal, ascendente o descendente), de tal modo que cualquier miembro de la organización puede convertirse en acosador o acosado.

 

La situación de estrés crónico a la que se ven sometidas las víctimas acarrea toda una serie de consecuencias, que afectan a su estado psicológico (estrés; ansiedad; depresión; agotamiento físico, psicológico y emocional; sentimientos de fracaso, etc.); físico (patología psicosomática asociada a daños físicos, tales como dolores de cabeza, trastornos intestinales, etc.); social (conductas de aislamiento, desconfianza, inadaptación social, etc.) y laboral (afectación de su empleabilidad).

 

 

Daño Psíquico en casos de Mobbing:

 

Si bien no existe una categoría gnosográfica en la psicopatología que reúna los signos y síntomas propios de un trastorno mental en el DSM-IV (Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales) para el acoso psicológico en el trabajo. No obstante, y a pesar de la discrepancia de opiniones, los estudios centrados en el análisis de las consecuencias psicoemocionales asociadas a este fenómeno han permitido discernir la sintomatología propia de una víctima de acoso. Así, según los datos aportados por las diferentes investigaciones en torno al tema, podemos diferenciar los siguientes grupos sintomáticos en las víctimas:

 

1) Cognitivos: estrés, ansiedad generalizada; sensación de amenaza permanente; agotamiento psicológico, físico y emocional; dudas sobre el propio equilibrio emocional y de las percepciones que un tiene de su situación; sentimientos de culpabilidad y responsabilidad; indefensión. A su vez, también se destacan los sentimientos de fracaso, impotencia y frustración; baja autoestima o apatía y problemas de concentración o atención.

 

2) Psicosomáticos: el estrés al que se ven sometidas las víctimas de acoso tiene efectos indirectos sobre su estado físico, presentando amplio elenco de somatizaciones: trastornos cardiovasculares (hipertensión, arritmias, dolores en el pecho); trastornos musculares (cefaleas tensionales; dolores lumbares y cervicales asociados a la tensión, temblores, hiperreflexia); trastornos respiratorios (hiperventilación, sensación de ahogo, sofocos); trastornos gastrointestinales (dolores abdominales, nauseas, vómitos, sequedad de boca) y; finalmente, también se destaca la alteración del deseo sexual (deseo sexual hipoactivo).

 

3) Sociales: Los efectos sociales del acoso laboral se caracteriza por la aparición de actitudes de desconfianza y conductas de aislamiento; evitación y retraimiento. Dichas consecuencias sociales también se manifiestan en las relaciones familiares tales como sentimientos de incomprensión; pérdida de ilusión e interés por los proyectos comunes; abandono de responsabilidades y compromisos familiares y; alteración de la afectividad.

 

Finalmente, no debemos dejar de considerar que en el ámbito judicial siempre está presente la posibilidad de simulación, y por lo tanto remito al lector a las entradas anteriores en el blog sobre el tema. En ellas se analizan los principales indicadores que habitualmente son considerados por el profesional en el momento de administrar y evaluar las técnicas de exploración psicológica durante el proceso psicodiagnóstico.

Si bien el mobbing no constituye una excepción a la regla según la cual cualquier patología puede ser desencadenada por un estresor psicosocial, la gama sintomática descrita aporta algunos datos con respecto a la frecuencia con que se observan algunos trastornos mentales, los cuales, a su vez, revelan una clara relación de causalidad entre la situación padecida por la víctima en el ambiente laboral y los cuadros clínicos mencionados, constituyendo por lo tanto un daño y una incapacidad sobreviniente.

Diversos trastornos de ansiedad, trastornos del estado de ánimo, trastornos de somatización y otros trastornos somatomorfos, etc. son algunas posibilidades. Los síntomas que se manifiestan en el cuerpo podrán constituir una somatización, una conversión, o equivalentes somáticos de angustia en un trastorno de angustia; y a su vez podrán originar síntomas hipocondríacos y hasta un verdadero trastorno hipocondríaco. En la mayoría de estos casos no se producirá la remisión del trastorno una vez desaparecido el estresor psicosocial que lo produjo y el cuadro clínico de carácter crónico requerirá de un tratamiento psicoterapéutico en el que no sólo se buscará la disolución de los síntomas sino que también habrá que prestar atención a las posibilidades de reinserción laboral de la víctima, ya que la experiencia podrá quedar, al modo de un trauma, como posibilidad de repetición en el próximo trabajo.

Se ha producido entonces un daño psíquico? Es tarea de los abogados evaluar la vertiente jurídica y es función de los magistrados la última decisión en cada caso particular. La nuestra, como profesionales de la salud mental, es la de diagnosticar el trastorno que se ha producido, su relación de causalidad con la situación vivida, y evaluar el grado de incapacidad que se ha producido en la víctima.

De otra manera podrá llegar a tener un valor de verdad absoluta lo enunciado por Heinz Leymann: “En las sociedades de nuestro mundo occidental altamente industrializado, el lugar de trabajo constituye el último campo de batalla en el que una persona puede matar a otra sin ningún riesgo de llegar a ser procesada ante un tribunal”

 

Lic. Germán G. De Stéfano

Ex Psicólogo del Hospital Eva Perón (Prof. Dr. Mariano Castex)

Ex Perito Psicólogo de los Deptos. Judiciales de San Isidro

y Gral. San Martín Buenos Aires - Argentina

Visite nuestro Website:
http://sites.google.com/site/psicologiaforenseargentina/

y nuestro Blog:
http://psicologiaonlinearg.blogspot.com/


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Mar 12
Lic. Germán G. De Stéfano ha actualizado una entrada de blog La Simulación de Tra...

El Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional proporciona importantes elementos a considerar en el diagnóstico de simulación. Así es que en los cuadernos enuncia, entre otros,  los siguientes conceptos:

“Los síntomas simulados según los intereses jurídicos en juego pueden ser representados de múltiples formas, pero en general se tienden a manifestarlos como síntomas aislados o agrupados en síndromes psiquiátricos..

Entre los primeros, encontramos aquellos que por su supuesta simpleza escenográfica para llevarlos a cabo se realizan sin un mayor conocimiento ni preparación previa, por fuera de todo contexto patogénico y sin entidad psiquiátrica que los avale; recreando por ello síntomas poco creíbles y muchas veces risibles.

Por la creencia de su fácil reproducción se tiende a elegir alteraciones que toman funciones cognoscitivas aisladas, tales como amnesias parciales o globales, alucinaciones preferentemente auditivas o visuales, ideas delirantes de persecución o fantásticas, mutismo, desorientación temporo espacial, robo y sonorización del pensamiento, sin dejar de lado, aunque en menor medida, trastornos de la esfera afectiva y volitiva, como compulsiones, impulsividad e indiferencia afectiva.

Entre los segundos, se sitúan aquellos síndromes que el futuro simulador ha observado en otros o se ha informado por terceros o por medio de la lectura para su representación, intentando llevarlos a cabo mediante cierta elaboración y planificación previa.

Aunque se utilicen los mejores recursos teatrales, lo que mayormente se obtiene son burdas copias de enfermedades mentales que por su complejidad y heterogeneidad son difícilmente simulables, más aún para aquel que jamás la ha padecido. Entre los más habituales se ubican los episodios de excitación psicomotriz, de confusión mental, brotes esquizofrénicos, de episodios delirantes, depresiones, insuficiencia mental y crisis convulsivas.”

 

Algunos autores señalan diferentes formas clínicas tales como:

1) Formas Clínicas pasivas

Dominan en ellas todos aquellos procesos psicopatológicos que implican inhibición psicomotriz, predominando el mutismo y los fenómenos psíquicos relacionados a la depresión.

2) Formas clínicas activas

Predominan en ellas los cuadros de excitación psicomotriz que no guardan correlación con ningún tipo de nosología que las sustenten, como la verborragia, manía, brote psicótico y sintomatología de intoxicación.

3) Formas clínicas estuporosas

Consideradas por su rareza menos frecuentes y que serían una variante de las primeras.

 

En cuanto al proceso diagnóstico, se destaca la importancia de analizar los antecedentes de autos obrantes en las causas, para ingresar luego en el terreno del diagnóstico presencial; “…es decir, habrá que realizar el examen actual de las facultades mentales con el fin, no solo de comprobar la existencia de alguna enfermedad mental en curso, sino también de establecer la correlatividad entre el diagnóstico actual y la afección registrada en autos (en su patogenia, sintomatología y secuelas), o con la referida por el interesado durante el proceso judicial”, agregando que “cuando se examina a un presunto simulador hay que tener en cuenta las diversas formas defensivas de engaño que surgen en la dinámica interaccional y que pueda adoptar ante el entrevistador, las que podríamos señalar, a saber:

1) Cuando representa síntomas aislados, estos carecen del contexto patogénico y sindromático que caracteriza a la enfermedad mental, no coincidiendo la conducta general con la esperable al síntoma simulado. Uno de los síntomas aislados que más se intenta simular es la falta de memoria (amnesia), para lo cual el simulador tiende a representarla sin darse cuenta que conforma parte de un conjunto de signos y síntomas procedentes de una afección mucho más compleja, recreando una forma de conducirse totalmente paradojal y absurda. Tal es así que el simulador pese a no recordar ni siquiera su propia identidad, se ubica temporalmente sin ningun tipo de inconveniente, se orienta adecudamente en el ambiente en que se encuentra, responde a las consignas, etc, mostrando con su actitud lo inverosimil y engañoso de su conducta.

2) Cuando se intenta simular sindromes mentales, de por sí pocos frecuentes, su heterogeneidad sintomatológica y sus complicaciones evolutivas, tal cual hemos señalado en párrafos anteriores, hacen que sea muy dificultosa su representación plástica, mostrando al entrevistador un conducta grotesca y por momento payasesca. Aquí el perito no debe caer en la suficiencia médica de creer que todo persona anormal demasiado afectada o incongruente en su decir y accionar sea por ello un simulador.

Se sospecha simulación, cuando:

a) se detectan numerosas pararrespuestas fuera de todo contexto psicopatológico que las avalen.

b) no se comprueba una etiología ni patogenia acorde a la enfermedad representada.

c) se pone demasiado énfasis en resaltar síntomas de enfermedad mental

d) existe profusión de respuestas evasivas ante la eventualidad de ser descubierto en su farsa.

e) la teatralidad y aparatosidad de la conducta no coinciden con la esperable a la patología mental.

f) se presentan cuadros psiquiátricos sin la correspondiente respuesta vivencial.

g) se dan respuestas tendientes a resaltar sintomatología multisindromática.

h) no existe correlatividad entre la sintomatología psiquiátrica y le expresión somática del trastorno.

El simulador tiende a no tomar en cuenta los trastornos somáticos que acompañan a las afecciones psiquiátricas, olvidándose de su representación corporal. Ejemplo de ello, entre otros cuadros, tenemos la depresión profunda, la cual se intenta representar síntomas afectivos conservando un estado corporal sin los signos somáticos propios de dicha afección (adelagazamiento, hipotonía muscular, avejentamiento, etc)

i) pese a su adecuada implementación subsiste refractariedad a los diferentes tratamientos instituidos, faltando en muchas oportunidades la espontánea remisión evolutiva que se observa en muchos cuadros psiquiátricos.

j) la enfermedad se muestra únicamente durante los vaivenes e intereses inherentes al proceso judicial.

k) la actividad gestual no corresponde a la enfermedad que se intenta simular

l) las posibilidades del beneficio jurídico disminuyen, la simulación suele desaparecer.

 

De la misma manera, en el curso de la administración y evaluación de las técnicas de psicodiagnóstico psicométricas y proyectivas deberán tenerse en cuenta los siguientes indicadores:

Entrevista: Pausas, evitación de la mirada, dificultades en la expresión y discrepancia entre el lenguaje verbal y no verbal ante preguntas imprevistas.

Test de Bender: Actuaciones extremadamente desviadas, distorsiones groseras que hasta pueden superar las propias de las psicosis o de patologías de etiología orgánica con alteraciones de la gestalt que coexisten con reproducciones bien logradas, micrografía, incompletud de las representaciones.

Test H.T.P.: Distorsiones evidentes que no son producidas más que intencionalmente, evidenciándose esto en la ausencia de desplazamientos, efectos compensatorios y/o simbólicos producidos con la intervención de mecanismos inconcientes.

Test de Una Persona Bajo La Lluvia: Ídem H.T.P.

Psicodiagnóstico de Rorschach: Respuestas Populares, determinante F, índice de estereotipia y fenómenos especiales de respuestas de máscara aumentados.

Escalas CAPS DX/SX: Elevado puntaje del criterio de Validez Cuestionable.

Inventario SCL-90-R: Puntuaciones brutas superiores a 71 en varones y 75 en mujeres en el índice TSP y puntuaciones extremas (3,20/3,50) en el índice IMSP indican una tendencia a la exageración de la patología, dramatismo o fingimiento.

Puntuaciones brutas TSP iguales o inferiores a 3 en varones y 4 en mujeres con una puntuación bruta IMSP inferior a 1,00 son indicadores de disimulación.

Inventario MMPI-2: Puntajes elevados (T=100 o más) en la escala F y disminuidos (T=40 o menos) en la escala K en casos de simulación. En casos de disimulación se encuentran puntajes disminuidos (T=50 o menos) en la escala F, aumentados (T=70 o más) en la escala L y aumentados (T=71 o más) en la escala K.

 

Por su parte, el manual de Diagnóstico y Estadística DSM IV sostiene que debe sospecharse simulación si existe alguna de las combinaciones presentes:

a-    Presentación de un contexto médico-legal.

b-   Discrepancia acusada entre el estrés o la alteración explicados por la persona y los datos objetivos de la exploración médica.

c-    Falta de cooperación durante la valoración diagnóstica e incumplimiento del régimen de tratamientos prescriptos.

d-   Presentación de un Trastorno Antisocial De La Personalidad.

Lic. Germán G. De Stéfano

Ex Psicólogo del Hospital Eva Perón (Prof. Dr. Mariano Castex)

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El Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional proporciona importantes elementos a considerar en el diagnóstico de simulación. Así es que en los cuadernos enuncia, entre otros,  los siguientes conceptos:

“Los síntomas simulados según los intereses jurídicos en juego pueden ser representados de múltiples formas, pero en general se tienden a manifestarlos como síntomas aislados o agrupados en síndromes psiquiátricos..

Entre los primeros, encontramos aquellos que por su supuesta simpleza escenográfica para llevarlos a cabo se realizan sin un mayor conocimiento ni preparación previa, por fuera de todo contexto patogénico y sin entidad psiquiátrica que los avale; recreando por ello síntomas poco creíbles y muchas veces risibles.

Por la creencia de su fácil reproducción se tiende a elegir alteraciones que toman funciones cognoscitivas aisladas, tales como amnesias parciales o globales, alucinaciones preferentemente auditivas o visuales, ideas delirantes de persecución o fantásticas, mutismo, desorientación temporo espacial, robo y sonorización del pensamiento, sin dejar de lado, aunque en menor medida, trastornos de la esfera afectiva y volitiva, como compulsiones, impulsividad e indiferencia afectiva.

Entre los segundos, se sitúan aquellos síndromes que el futuro simulador ha observado en otros o se ha informado por terceros o por medio de la lectura para su representación, intentando llevarlos a cabo mediante cierta elaboración y planificación previa.

Aunque se utilicen los mejores recursos teatrales, lo que mayormente se obtiene son burdas copias de enfermedades mentales que por su complejidad y heterogeneidad son difícilmente simulables, más aún para aquel que jamás la ha padecido. Entre los más habituales se ubican los episodios de excitación psicomotriz, de confusión mental, brotes esquizofrénicos, de episodios delirantes, depresiones, insuficiencia mental y crisis convulsivas.”

 

Algunos autores señalan diferentes formas clínicas tales como:

1) Formas Clínicas pasivas

Dominan en ellas todos aquellos procesos psicopatológicos que implican inhibición psicomotriz, predominando el mutismo y los fenómenos psíquicos relacionados a la depresión.

2) Formas clínicas activas

Predominan en ellas los cuadros de excitación psicomotriz que no guardan correlación con ningún tipo de nosología que las sustenten, como la verborragia, manía, brote psicótico y sintomatología de intoxicación.

3) Formas clínicas estuporosas

Consideradas por su rareza menos frecuentes y que serían una variante de las primeras.

 

En cuanto al proceso diagnóstico, se destaca la importancia de analizar los antecedentes de autos obrantes en las causas, para ingresar luego en el terreno del diagnóstico presencial; “…es decir, habrá que realizar el examen actual de las facultades mentales con el fin, no solo de comprobar la existencia de alguna enfermedad mental en curso, sino también de establecer la correlatividad entre el diagnóstico actual y la afección registrada en autos (en su patogenia, sintomatología y secuelas), o con la referida por el interesado durante el proceso judicial”, agregando que “cuando se examina a un presunto simulador hay que tener en cuenta las diversas formas defensivas de engaño que surgen en la dinámica interaccional y que pueda adoptar ante el entrevistador, las que podríamos señalar, a saber:

1) Cuando representa síntomas aislados, estos carecen del contexto patogénico y sindromático que caracteriza a la enfermedad mental, no coincidiendo la conducta general con la esperable al síntoma simulado. Uno de los síntomas aislados que más se intenta simular es la falta de memoria (amnesia), para lo cual el simulador tiende a representarla sin darse cuenta que conforma parte de un conjunto de signos y síntomas procedentes de una afección mucho más compleja, recreando una forma de conducirse totalmente paradojal y absurda. Tal es así que el simulador pese a no recordar ni siquiera su propia identidad, se ubica temporalmente sin ningun tipo de inconveniente, se orienta adecudamente en el ambiente en que se encuentra, responde a las consignas, etc, mostrando con su actitud lo inverosimil y engañoso de su conducta.

2) Cuando se intenta simular sindromes mentales, de por sí pocos frecuentes, su heterogeneidad sintomatológica y sus complicaciones evolutivas, tal cual hemos señalado en párrafos anteriores, hacen que sea muy dificultosa su representación plástica, mostrando al entrevistador un conducta grotesca y por momento payasesca. Aquí el perito no debe caer en la suficiencia médica de creer que todo persona anormal demasiado afectada o incongruente en su decir y accionar sea por ello un simulador.

Se sospecha simulación, cuando:

a) se detectan numerosas pararrespuestas fuera de todo contexto psicopatológico que las avalen.

b) no se comprueba una etiología ni patogenia acorde a la enfermedad representada.

c) se pone demasiado énfasis en resaltar síntomas de enfermedad mental

d) existe profusión de respuestas evasivas ante la eventualidad de ser descubierto en su farsa.

e) la teatralidad y aparatosidad de la conducta no coinciden con la esperable a la patología mental.

f) se presentan cuadros psiquiátricos sin la correspondiente respuesta vivencial.

g) se dan respuestas tendientes a resaltar sintomatología multisindromática.

h) no existe correlatividad entre la sintomatología psiquiátrica y le expresión somática del trastorno.

El simulador tiende a no tomar en cuenta los trastornos somáticos que acompañan a las afecciones psiquiátricas, olvidándose de su representación corporal. Ejemplo de ello, entre otros cuadros, tenemos la depresión profunda, la cual se intenta representar síntomas afectivos conservando un estado corporal sin los signos somáticos propios de dicha afección (adelagazamiento, hipotonía muscular, avejentamiento, etc)

i) pese a su adecuada implementación subsiste refractariedad a los diferentes tratamientos instituidos, faltando en muchas oportunidades la espontánea remisión evolutiva que se observa en muchos cuadros psiquiátricos.

j) la enfermedad se muestra únicamente durante los vaivenes e intereses inherentes al proceso judicial.

k) la actividad gestual no corresponde a la enfermedad que se intenta simular

l) las posibilidades del beneficio jurídico disminuyen, la simulación suele desaparecer.

 

De la misma manera, en el curso de la administración y evaluación de las técnicas de psicodiagnóstico psicométricas y proyectivas deberán tenerse en cuenta los siguientes indicadores:

Entrevista: Pausas, evitación de la mirada, dificultades en la expresión y discrepancia entre el lenguaje verbal y no verbal ante preguntas imprevistas.

Test de Bender: Actuaciones extremadamente desviadas, distorsiones groseras que hasta pueden superar las propias de las psicosis o de patologías de etiología orgánica con alteraciones de la gestalt que coexisten con reproducciones bien logradas, micrografía, incompletud de las representaciones.

Test H.T.P.: Distorsiones evidentes que no son producidas más que intencionalmente, evidenciándose esto en la ausencia de desplazamientos, efectos compensatorios y/o simbólicos producidos con la intervención de mecanismos inconcientes.

Test de Una Persona Bajo La Lluvia: Ídem H.T.P.

Psicodiagnóstico de Rorschach: Respuestas Populares, determinante F, índice de estereotipia y fenómenos especiales de respuestas de máscara aumentados.

Escalas CAPS DX/SX: Elevado puntaje del criterio de Validez Cuestionable.

Inventario SCL-90-R: Puntuaciones brutas superiores a 71 en varones y 75 en mujeres en el índice TSP y puntuaciones extremas (3,20/3,50) en el índice IMSP indican una tendencia a la exageración de la patología, dramatismo o fingimiento.

Puntuaciones brutas TSP iguales o inferiores a 3 en varones y 4 en mujeres con una puntuación bruta IMSP inferior a 1,00 son indicadores de disimulación.

Inventario MMPI-2: Puntajes elevados (T=100 o más) en la escala F y disminuidos (T=40 o menos) en la escala K en casos de simulación. En casos de disimulación se encuentran puntajes disminuidos (T=50 o menos) en la escala F, aumentados (T=70 o más) en la escala L y aumentados (T=71 o más) en la escala K.

 

Por su parte, el manual de Diagnóstico y Estadística DSM IV sostiene que debe sospecharse simulación si existe alguna de las combinaciones presentes:

a-    Presentación de un contexto médico-legal.

b-   Discrepancia acusada entre el estrés o la alteración explicados por la persona y los datos objetivos de la exploración médica.

c-    Falta de cooperación durante la valoración diagnóstica e incumplimiento del régimen de tratamientos prescriptos.

d-   Presentación de un Trastorno Antisocial De La Personalidad.

Lic. Germán G. De Stéfano

Ex Psicólogo del Hospital Eva Perón (Prof. Dr. Mariano Castex)

Ex Perito Psicólogo de los Deptos. Judiciales de San Isidro

y Gral. San Martín Buenos Aires - Argentina

Visite nuestro Website:
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Mar 12
Lic. Germán G. De Stéfano ha creado una entrada de blog Psicotécnicos - Apto...

Acerca De Los Psicotécnicos Para La Credencial De Legítimo Usuario De Armas

El trámite para constituirse legítimo usuario de armas en el ReNar incluye el requisito de acreditar estado de Salud Psicofísico apto, el cual consta de un examen físico y un examen psicotécnico. Este último consiste en la evaluación y certificación emitida por profesional matriculado y habilitado, en el que debe constar:

- Lugar y fecha de emisión

- Nombre, Apellido, domicilio y teléfono del profesional

- Número de Matrícula Profesional y organismo que la expidió

- Nombre y Apellido del solicitante

- Número de DNI, LC o LE del examinado.

- Certificación que el solicitante se encuentra psicológica o psiquiátricamente apto para la tenencia de armas de fuego.

- Firma y Sello del profesional.

 

Si bien sabemos que es improbable que un delincuente se provea legalmente de armas para cometer delitos y que, por lo general, quienes realizan el trámite ante el Registro Nacional De Armas lo hacen por razones deportivas, defensa personal o actividades laborales vinculadas con agencias de seguridad, hay ciertos aspectos que no deben dejar de considerarse.

Los supuestos son sólo eso, supuestos, y debemos ponerlos entre paréntesis durante la evaluación del solicitante.

La evaluación deberá realizarse de manera que incluya por lo menos una entrevista clínica, no sólo para poder detectar si hay indicadores de psicopatía; de patología psicótica tales como alucinaciones, ideas delirantes, etc.; sino también la existencia de ideación suicida o de un historial de intentos de suicidio en el curso de trastornos del estado de ánimo, etc. La observación clínica y semiológica durante la evaluación proporcionará datos acerca de si el examinado impresiona alucinado, manifiesta alteraciones del pensamiento con un contenido delirante o evidencia un estado normal de las funciones psíquicas.

Aun cuando la posibilidad de una enfermedad neurológica será considerada por el médico durante el examen físico, esto no quiere decir que no debamos interrogar acerca de la existencia de cualquier trastorno de origen orgánico que pueda producir alteraciones de la conciencia, automatismos psicomotores, etc.

En lo que se refiere a las técnicas de psicodiagnóstico, la administración del Test de Bender resulta muy adecuada, en tanto puede hacerse en menos de 10 minutos y la evaluación de posibles alteraciones propias de patologías graves puede hacerse inmediatamente, al igual que en los psicotécnicos para la obtención del registro de conductor.

De esta manera, el solicitante podrá obtener el apto psicológico necesario en el tiempo de una entrevista, y el profesional habrá evaluado correctamente al examinado.

Ningún examen psicofísico puede constituirse en una última garantía acerca de la conducta futura de un usuario de armas de fuego pero, a pesar de ello, saber que se han instrumentado los recursos para una evaluación adecuada es una de las seguridades posibles al alcance de todos.

Lic. Germán G. De Stéfano

Ex Psicólogo del Hospital Eva Perón (Prof. Dr. Mariano Castex)

Ex Perito Psicólogo de los Deptos. Judiciales de San Isidro y Gral. San Martín

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Mar 12
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Determinación Del Daño Psíquico En Juicios Por Mala Praxis

En los juicios por responsabilidad profesional muchas veces puede verse que la víctima ha resultado afectada psíquicamente de una manera significativa. Aún cuando el trastorno sea evidente y difícil de cuestionar, la determinación del daño y la fundamentación de las conclusiones del dictamen pericial tiene algunas particularidades que deberían tenerse en cuenta a lo largo de todo el proceso de evaluación.

Muchas veces nos encontramos con puntos de pericia elaborados con el asesoramiento de profesionales médicos, psiquiatras y psicólogos en las contestaciones a la demanda por parte de las obras sociales, clínicas y aseguradoras involucradas. Sabemos que llegado el momento de los pedidos de explicaciones, y a pesar de los breves tiempos procesales con que cuentan las partes para hacerlo, los cuestionamientos aparecerán desde todas ellas con la intención de desvirtuar tanto el desarrollo como las conclusiones periciales. De la misma manera que en la elaboración de los puntos de pericia, las preguntas y objeciones van a ser planteadas con un asesoramiento especializado que no es frecuente encontrar en otras causas.

Por estos motivos, ya sea que se trate de un preinforme o de un dictamen pericial, el psicólogo debería tener presentes estas particularidades desde el inicio de su tarea, sin perder de vista el contexto en el que se encuentra desarrollando el trabajo que le fue encomendado, y así poder sostener una verdad que será cuestionada. Y a veces con insólitos recursos.

Como siempre, en cada caso particular y dependiendo del trastorno existente, la elección de las técnicas de psicodiagnóstico va a ser un factor de importancia para fundamentar los resultados de la evaluación clínica y otorgarle a las conclusiones una consistencia que resista a los posibles artilugios que se utilizarán como sustento a los cuestionamientos.

Por obvias razones no sería una buena idea realizar un detalle del espectro de técnicas disponible, pero seguramente el lector podrá representarse la imagen de un proceso psicodiagnóstico en el que se haya incluido la administración de instrumentos diagnósticos inhabituales junto a los que se encuentran en todas las peritaciones.

Poder salirse de la estructura de una batería standard, incluir aspectos psicométricos, fundamentar las conclusiones diagnósticas en un proceso que evidencie una adecuada coherencia intertest, plantea especiales dificultades en el momento de elaborar objeciones a un dictamen y juega a favor de una verdad sobre la realidad de una víctima.

 Lic. Germán G. De Stéfano

Ex Psicólogo del Hospital Eva Perón (Prof. Dr. Mariano Castex)

Ex Perito Psicólogo de los Deptos. Judiciales de San Isidro y Gral. San Martín
Buenos Aires - Argentina

Visite nuestro Website:
http://sites.google.com/site/psicologiaforenseargentina/

y nuestro Blog:
http://psicologiaonlinearg.blogspot.com/

54 11 4755-1818
54 11 15 5482 5336

 

 

Mar 12
Lic. Germán G. De Stéfano ha actualizado una entrada de blog Sueños Traumáticos: ...

Sueños Traumáticos: Metapsicología y Clínica

 

En 1920 Sigmund Freud escribe “Más Allá Del Principio De Placer” y pone en cuestión este postulado teórico del psicoanálisis.

En este texto trabaja específicamente los sueños traumáticos, los juegos infantiles, la repetición en transferencia y aquellas manifestaciones denominadas como “neurosis de destino”, ya que todas ellas pueden resumirse en la repetición de lo displacentero.

Freud se aboca al estudio de los sueños traumáticos y se pregunta acerca del motivo por el que, si el sueño es una tramitación de deseo, conduzca al sujeto una y otra vez a la situación penosa. Los sueños traumáticos se caracterizan por surgir en personas que se han visto determinadas por una situación traumática como un accidente y en donde lo que se produce en el sueño es la repetición de ese suceso traumático. Dice textualmente: “la vida onírica de las neurosis traumáticas muestra el carácter de reconducir al enfermo una y otra vez a la situación de su accidente, de la cual despierta con renovado terror. El enfermo está, por así decir, fijado psíquicamente al trauma.”

De esta manera Freud dice que el sueño traumático es el que contradice la teoría acerca del sueño como realización de deseos, no sucediendo lo mismo con los sueños de angustia (pesadillas) en tanto aún cuando en estos la función del sueño está a punto de fracasar, el sujeto se despierta y esto opera como defensa ante la emergencia de lo traumático. De la misma manera, los sueños punitorios tampoco representan un obstáculo a la teoría, ya que en estos se sustituye la realización de deseos prohibida por el correspondiente castigo.

Los sueños traumáticos no pueden verse como cumplimiento de deseo sino que obedecen a la compulsión de repetición y así es que Freud enuncia que “no sería la función originaria del sueño eliminar, mediante el cumplimiento de deseo de las mociones perturbadoras, unos motivos capaces de interrumpir el dormir, solo podría apropiarse de esta función después que el conjunto de la vida anímica aceptó el imperio del principio de placer. Si existe un más allá del principio de placer, por obligada consecuencia habrá que admitir que hubo un tiempo anterior también a la tendencia del sueño al cumplimiento de deseo. Esto no contradice la función que adoptará más tarde.”

Es decir que Freud está situando al sueño traumático como obedeciendo a una prehistoria de esta tendencia realizadora de deseo. Estos sueños remiten a un tiempo lógicamente anterior a la instauración del deseo o, de acuerdo a lo que Freud va a seguir trabajando en el texto, lógicamente anterior a la pulsión de vida. El sueño traumático responde a una tendencia aún más primitiva que el principio de placer.

Estas diferencias marcan también importantes diferencias en la clínica en cuanto a la manera de trabajar con los sueños de angustia, equiparables a las pesadillas y los sueños traumáticos equivalentes a los pavores nocturnos de los niños.

Cuando se produce una emergencia de un sueño de angustia el sujeto asocia en análisis y por lo tanto se lo puede trabajar como cualquier otro sueño. La presencia de angustia insta al trabajo en análisis y puede verse que muchas veces el paciente está esperando el momento de la sesión para contarlo y elaborar esto que se presenta en su sueño. En el caso del sueño traumático no hay asociaciones, siempre aparece lo mismo: el sujeto lo refiere al accidente o a la misma situación soñada. Estos sueños son repetitivos y la posibilidad de trabajo es hacer hablar al sujeto sobre el accidente o la situación traumática vivida relatándolo con la mayor cantidad posible de detalles, que diga todo lo que le pasó, lo que pensó, cómo lo vivió, qué pasó con quienes estaban con él,  y para lograr esto el analista deberá ir preguntando con la finalidad de hacer hablar al paciente. Este trabajo es, en definitiva, el de lograr la derivación de esa investidura a través de la palabra, un trabajo elaborativo similar al que se realiza en el caso de un duelo.

Bibliografía: Sigmund Freud, Más Allá Del Principio De Placer, Obras Completas, Amorrortu Editores, Buenos Aires.

Depto. Psicología Clínica Universidad Kennedy, Buenos Aires

 

Lic. Germán G. De Stéfano

Ex Psicólogo del Hospital Eva Perón (Prof. Dr. Mariano Castex)

Ex Perito Psicólogo de los Deptos. Judiciales de San Isidro y Gral. San Martín
Buenos Aires - Argentina

Visite nuestro Website:
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y nuestro Blog:
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Mar 12
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Preinforme o Consultor Técnico?

En las causas civiles por daños y perjuicios originadas en accidentes de tránsito, responsabilidad profesional (por ej. mala praxis médica), etc. ambos recursos son de gran utilidad en lo que refiere a tratar de asegurar resultados correctos en la prueba pericial que va a producirse para determinar el daño psíquico que ha sobrevenido a la actora.

Un diagnóstico inadecuado o un incorrecto establecimiento de la gravedad y el curso del trastorno existente terminarán en un dictamen que no estará mostrando en el expediente la realidad de ese sujeto que es la víctima. Revertir el resultado de una pericia desfavorable no será una tarea sencilla ya que, aún cuando las observaciones que se puedan realizar tengan un adecuado fundamento, las conclusiones elaboradas por el perito oficial tenderán a prevalecer en virtud de que su designación supone una imparcialidad que no tiene la parte interesada en el resultado de la prueba.  Aún en el caso de que las conclusiones no se encuentren debidamente fundadas, o en el caso de otros errores groseros y evidentes que hagan que la pericia oficial se tenga por no presentada, se devuelva al profesional y se designe un nuevo perito, el tiempo (procesal y real) que se perderá podrá también producir toda una gama de pérdidas posibles.

Muchas veces hay que elegir entre presentar un preinforme o designar un consultor técnico, y hay que considerar entonces cuál es la mejor opción, y en este análisis no solo cuentan los aspectos técnicos de cada uno de estos recursos.

Considero que, por muchos motivos, la mejor opción es un preinforme. De acuerdo a lo antedicho, las conclusiones a las que arribe el perito oficial designado tendrán, excepto raras excepciones, prevalencia  sobre las conclusiones elaboradas por el consultor técnico y sobre las posibles objeciones de la parte que no ha resultado favorecida en el dictamen.

De esta manera, la tarea fundamental será la de lograr que el perito designado arribe a conclusiones que reflejen claramente la realidad del peritado. Para ello lo más adecuado es que el perito, en el momento de analizar el expediente, encuentre un estudio que le permita saber, con anticipación, lo que sucede en la psiquis del sujeto que debe examinar. No es lo mismo una evaluación realizada a un sujeto conociendo únicamente lo que se enuncia en el capítulo de los “hechos” de una demanda, que realizarla habiendo conocido el desarrollo y conclusiones de un psicodiagnóstico previo debidamente elaborado y fundamentado. Muchos errores y omisiones posibles se evitarán, ya que la inscripción de estos datos en la memoria del profesional designado lo mantendrá alerta durante la administración y evaluación del psicodiagnóstico que conducirá a su dictamen. De la misma manera, preguntas susceptibles de evaluar manifestaciones clínicas de relevancia diagnóstica pueden ser involuntariamente omitidas por el perito, no obstante lo cual el examinado podrá recordar de su primera evaluación y muy probablemente proporcionará las respuestas dentro de la entrevista semidirigida que se le administre para la pericia.

Podrán surgir algunas diferencias, principalmente originadas en el tiempo que haya transcurrido entre ambas evaluaciones, pero lo usual es que estas diferencias sean mínimas dado que por lo general se trata de cuadros clínicos de curso crónico y de pacientes que no han accedido a ningún tratamiento psicoterapéutico.

Si bien la fatalidad existe y la última garantía nunca puede tenerse en ningún ámbito de la vida, hay recursos disponibles que acercan la posibilidad de conocer la realidad de un sujeto que no debe ser víctima dos veces. La primera ya no puede evitarse; la segunda, relacionada con que pueda desconocerse lo que le sucede, sí.

 

 

Mar 12
Lic. Germán G. De Stéfano ha creado una entrada de blog La determinación del...

 

Determinación Del Daño Psíquico En Juicios Por Mala Praxis

En los juicios por responsabilidad profesional muchas veces puede verse que la víctima ha resultado afectada psíquicamente de una manera significativa. Aún cuando el trastorno sea evidente y difícil de cuestionar, la determinación del daño y la fundamentación de las conclusiones del dictamen pericial tiene algunas particularidades que deberían tenerse en cuenta a lo largo de todo el proceso de evaluación.

Muchas veces nos encontramos con puntos de pericia elaborados con el asesoramiento de profesionales médicos, psiquiatras y psicólogos en las contestaciones a la demanda por parte de las obras sociales, clínicas y aseguradoras involucradas. Sabemos que llegado el momento de los pedidos de explicaciones, y a pesar de los breves tiempos procesales con que cuentan las partes para hacerlo, los cuestionamientos aparecerán desde todas ellas con la intención de desvirtuar tanto el desarrollo como las conclusiones periciales. De la misma manera que en la elaboración de los puntos de pericia, las preguntas y objeciones van a ser planteadas con un asesoramiento especializado que no es frecuente encontrar en otras causas.

Por estos motivos, ya sea que se trate de un preinforme o de un dictamen pericial, el psicólogo debería tener presentes estas particularidades desde el inicio de su tarea, sin perder de vista el contexto en el que se encuentra desarrollando el trabajo que le fue encomendado, y así poder sostener una verdad que será cuestionada. Y a veces con insólitos recursos.

Como siempre, en cada caso particular y dependiendo del trastorno existente, la elección de las técnicas de psicodiagnóstico va a ser un factor de importancia para fundamentar los resultados de la evaluación clínica y otorgarle a las conclusiones una consistencia que resista a los posibles artilugios que se utilizarán como sustento a los cuestionamientos.

Por obvias razones no sería una buena idea realizar un detalle del espectro de técnicas disponible, pero seguramente el lector podrá representarse la imagen de un proceso psicodiagnóstico en el que se haya incluido la administración de instrumentos diagnósticos inhabituales junto a los que se encuentran en todas las peritaciones.

Poder salirse de la estructura de una batería standard, incluir aspectos psicométricos, fundamentar las conclusiones diagnósticas en un proceso que evidencie una adecuada coherencia intertest, plantea especiales dificultades en el momento de elaborar objeciones a un dictamen y juega a favor de una verdad sobre la realidad de una víctima.

 

 

 

Mar 12
Lic. Germán G. De Stéfano ha creado una entrada de blog Sueños Traumáticos: ...

Sueños Traumáticos: Metapsicología y Clínica

 

En 1920 Sigmund Freud escribe “Más Allá Del Principio De Placer” y pone en cuestión este postulado teórico del psicoanálisis.

En este texto trabaja específicamente los sueños traumáticos, los juegos infantiles, la repetición en transferencia y aquellas manifestaciones denominadas como “neurosis de destino”, ya que todas ellas pueden resumirse en la repetición de lo displacentero.

Freud se aboca al estudio de los sueños traumáticos y se pregunta acerca del motivo por el que, si el sueño es una tramitación de deseo, conduzca al sujeto una y otra vez a la situación penosa. Los sueños traumáticos se caracterizan por surgir en personas que se han visto determinadas por una situación traumática como un accidente y en donde lo que se produce en el sueño es la repetición de ese suceso traumático. Dice textualmente: “la vida onírica de las neurosis traumáticas muestra el carácter de reconducir al enfermo una y otra vez a la situación de su accidente, de la cual despierta con renovado terror. El enfermo está, por así decir, fijado psíquicamente al trauma.”

De esta manera Freud dice que el sueño traumático es el que contradice la teoría acerca del sueño como realización de deseos, no sucediendo lo mismo con los sueños de angustia (pesadillas) en tanto aún cuando en estos la función del sueño está a punto de fracasar, el sujeto se despierta y esto opera como defensa ante la emergencia de lo traumático. De la misma manera, los sueños punitorios tampoco representan un obstáculo a la teoría, ya que en estos se sustituye la realización de deseos prohibida por el correspondiente castigo.

Los sueños traumáticos no pueden verse como cumplimiento de deseo sino que obedecen a la compulsión de repetición y así es que Freud enuncia que “no sería la función originaria del sueño eliminar, mediante el cumplimiento de deseo de las mociones perturbadoras, unos motivos capaces de interrumpir el dormir, solo podría apropiarse de esta función después que el conjunto de la vida anímica aceptó el imperio del principio de placer. Si existe un más allá del principio de placer, por obligada consecuencia habrá que admitir que hubo un tiempo anterior también a la tendencia del sueño al cumplimiento de deseo. Esto no contradice la función que adoptará más tarde.”

Es decir que Freud está situando al sueño traumático como obedeciendo a una prehistoria de esta tendencia realizadora de deseo. Estos sueños remiten a un tiempo lógicamente anterior a la instauración del deseo o, de acuerdo a lo que Freud va a seguir trabajando en el texto, lógicamente anterior a la pulsión de vida. El sueño traumático responde a una tendencia aún más primitiva que el principio de placer.

Estas diferencias marcan también importantes diferencias en la clínica en cuanto a la manera de trabajar con los sueños de angustia, equiparables a las pesadillas y los sueños traumáticos equivalentes a los pavores nocturnos de los niños.

Cuando se produce una emergencia de un sueño de angustia el sujeto asocia en análisis y por lo tanto se lo puede trabajar como cualquier otro sueño. La presencia de angustia insta al trabajo en análisis y puede verse que muchas veces el paciente está esperando el momento de la sesión para contarlo y elaborar esto que se presenta en su sueño. En el caso del sueño traumático no hay asociaciones, siempre aparece lo mismo: el sujeto lo refiere al accidente o a la misma situación soñada. Estos sueños son repetitivos y la posibilidad de trabajo es hacer hablar al sujeto sobre el accidente o la situación traumática vivida relatándolo con la mayor cantidad posible de detalles, que diga todo lo que le pasó, lo que pensó, cómo lo vivió, qué pasó con quienes estaban con él,  y para lograr esto el analista deberá ir preguntando con la finalidad de hacer hablar al paciente. Este trabajo es, en definitiva, el de lograr la derivación de esa investidura a través de la palabra, un trabajo elaborativo similar al que se realiza en el caso de un duelo.

Bibliografía: Sigmund Freud, Más Allá Del Principio De Placer, Obras Completas, Amorrortu Editores, Buenos Aires.

Depto. Psicología Clínica Universidad Kennedy, Buenos Aires

Mar 12
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Preinforme o Consultor Técnico?

En las causas civiles por daños y perjuicios originadas en accidentes de tránsito, responsabilidad profesional (por ej. mala praxis médica), etc. ambos recursos son de gran utilidad en lo que refiere a tratar de asegurar resultados correctos en la prueba pericial que va a producirse para determinar el daño psíquico que ha sobrevenido a la actora.

Un diagnóstico inadecuado o un incorrecto establecimiento de la gravedad y el curso del trastorno existente terminarán en un dictamen que no estará mostrando en el expediente la realidad de ese sujeto que es la víctima. Revertir el resultado de una pericia desfavorable no será una tarea sencilla ya que, aún cuando las observaciones que se puedan realizar tengan un adecuado fundamento, las conclusiones elaboradas por el perito oficial tenderán a prevalecer en virtud de que su designación supone una imparcialidad que no tiene la parte interesada en el resultado de la prueba.  Aún en el caso de que las conclusiones no se encuentren debidamente fundadas, o en el caso de otros errores groseros y evidentes que hagan que la pericia oficial se tenga por no presentada, se devuelva al profesional y se designe un nuevo perito, el tiempo (procesal y real) que se perderá podrá también producir toda una gama de pérdidas posibles.

Muchas veces hay que elegir entre presentar un preinforme o designar un consultor técnico, y hay que considerar entonces cuál es la mejor opción, y en este análisis no solo cuentan los aspectos técnicos de cada uno de estos recursos.

Considero que, por muchos motivos, la mejor opción es un preinforme. De acuerdo a lo antedicho, las conclusiones a las que arribe el perito oficial designado tendrán, excepto raras excepciones, prevalencia  sobre las conclusiones elaboradas por el consultor técnico y sobre las posibles objeciones de la parte que no ha resultado favorecida en el dictamen.

De esta manera, la tarea fundamental será la de lograr que el perito designado arribe a conclusiones que reflejen claramente la realidad del peritado. Para ello lo más adecuado es que el perito, en el momento de analizar el expediente, encuentre un estudio que le permita saber, con anticipación, lo que sucede en la psiquis del sujeto que debe examinar. No es lo mismo una evaluación realizada a un sujeto conociendo únicamente lo que se enuncia en el capítulo de los “hechos” de una demanda, que realizarla habiendo conocido el desarrollo y conclusiones de un psicodiagnóstico previo debidamente elaborado y fundamentado. Muchos errores y omisiones posibles se evitarán, ya que la inscripción de estos datos en la memoria del profesional designado lo mantendrá alerta durante la administración y evaluación del psicodiagnóstico que conducirá a su dictamen. De la misma manera, preguntas susceptibles de evaluar manifestaciones clínicas de relevancia diagnóstica pueden ser involuntariamente omitidas por el perito, no obstante lo cual el examinado podrá recordar de su primera evaluación y muy probablemente proporcionará las respuestas dentro de la entrevista semidirigida que se le administre para la pericia.

Podrán surgir algunas diferencias, principalmente originadas en el tiempo que haya transcurrido entre ambas evaluaciones, pero lo usual es que estas diferencias sean mínimas dado que por lo general se trata de cuadros clínicos de curso crónico y de pacientes que no han accedido a ningún tratamiento psicoterapéutico.

Si bien la fatalidad existe y la última garantía nunca puede tenerse en ningún ámbito de la vida, hay recursos disponibles que acercan la posibilidad de conocer la realidad de un sujeto que no debe ser víctima dos veces. La primera ya no puede evitarse; la segunda, relacionada con que pueda desconocerse lo que le sucede, sí.

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Lic. Germán G. De Stéfano ha actualizado una entrada de blog Psicología Forense y...

Psicología forense, evaluaciones de incapacidad para causas por daños y perjuicios, laborales, etc. psicodiagnósticos para adopción, tenencia, régimen de visitas.

Atención a estudios jurídicos y médico-forenses, preinformes completos, estudios complementarios, elaboración de pedidos de explicaciones.

Consultor Técnico en pericias psicológicas. Servicios de asesoramiento online. Psicodiagnósticos para trámites laborales, certificados apto psicológico RENAR, prequirúrgicos, etc.

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Mar 12
Cesar Jesus Chavez Martinez ha subido una nueva imagen. Mar 08